Objeto
– Presentación de reclamación relativa al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (antes llamado plusvalía).
Solicitantes/Beneficiarios
– Persona contribuyente o su representante presentando documento que lo acredite.
Información
Contra esta Resolución cabe interponer, potestativamente, uno de los siguientes recursos:
1.- Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes
contado a partir del día siguiente al de la notificación de la misma.
2.- Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior
de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o
3.- Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
Documentación a presentar
-Recurso
Lugar de presentación
Sede electrónica